ACUERDO DE CESIÓN DE DERECHOS DE EXPLOTACIÓN NO EXCLUSIVOS

La legislación citada es la de España. La aceptación de las Condiciones del presente ACUERDO DE CESIÓN DE DERECHOS DE EXPLOTACIÓN NO EXCLUSIVOS que a continuación se reflejan, atribuye al USUARIO la condición de AUTOR en las tiendas web comicflex.com y comixflex.com.

DE UNA PARTE
Don Roberto Fernández Fernández, con DNI 13303605- Z, y residente en España, en representación de las tiendas web comicflex.com y comixflex.com, en adelante denominadas LA TIENDA.  
Y DE OTRA PARTE EL AUTOR.

MANIFIESTAN.
I. Que el AUTOR es autor y titular de todos los derechos de explotación sobre la obra u obras objeto de su relación del acuerdo con LA TIENDA y puestas a disposición al público por la misma (en lo sucesivo LA OBRA), y que dicha obra u obras no vulneran los derechos de terceros.
II. Que LA TIENDA se haya interesada en adquirir, respecto de LA OBRA , los derechos y modalidades de explotación que se dirán, y en las condiciones que asimismo serán señaladas.
III. Que en méritos de todo lo anterior, ambas partes, reconociéndose la capacidad legal suficiente, celebran el presente Acuerdo de Cesión de derechos de autor, y:
HAN CONVENIDO LAS SIGUIENTES CLAÚSULAS:

PRIMERA.        OBJETO DE CESIÓN Y ENTREGA DE LA OBRA.
1.1. reproducción, distribución, comunicación pública y transformación de LA OBRA.
En virtud del presente acuerdo EL AUTOR cede a la TIENDA los derechos de explotación de LA OBRA, NO EXCLUSIVOS, EN SU MODALIDAD de REPRODUCCIÓN, de DISTRIBUCIÓN, de COMUNICACIÓN PÚBLICA y TRANSFORMACIÓN con arreglo a lo dispuesto en los Arts. 18, 19, 20 y 21 del Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril.
Por ello, una vez aceptado este acuerdo, EL AUTOR entiende y acepta que ya no puede ceder a terceros EN EXCLUSIVA los derechos de reproducción, distribución, comunicación pública y transformación de LA OBRA.
1.2. EL AUTOR autoriza a LA TIENDA a almacenar digitalmente LA OBRA para servir a los propósitos del presente acuerdo.
1.3. EL AUTOR garantiza a LA TIENDA la opción de utilizar parte o partes de LA OBRA con fines publicitarios o promocionales de LA OBRA, de LA TIENDA, o con fines benéficos.
1.4. En el mismo sentido, EL AUTOR garantiza a los ‘usuarios promotores’ de LA TIENDA la opción de utilizar parte o partes de LA OBRA con fines publicitarios o promocionales de la misma y de LA TIENDA dentro de los términos del ‘Acuerdo de Usuario Promotor’, a disposición de EL AUTOR.
1.5. Conforme al Art. 50 de la TRLPI, la cesión no exclusiva de derechos patrimoniales limita los mismos a los únicos fines anteriormente descritos e impide su trasmisión a terceros mortis causa.
1.2 OBRA EN COLABORACIÓN.
Entendiendo ‘OBRA EN COLABORACIÓN’ según lo dispuesto en el Art. 7 TRLPI, a la obra que está realizada por más de un AUTOR de manera total o parcial.
Las condiciones del acuerdo de cesión de derechos de explotación para una OBRA EN COLABORACIÓN dentro de LA TIENDA son las mismas que para una obra de un solo AUTOR, salvo por el hecho de que la cesión de los derechos de explotación de la misma se realiza por varios AUTORES.
1.2.1 Según el funcionamiento de LA TIENDA, una OBRA EN COLABORACIÓN tiene que ser dada de alta en la tienda por un solo AUTOR, y se gestiona dentro de la tienda como si fuera una OBRA de sólo ese AUTOR. Por tanto, EL AUTOR que abre la ficha de una OBRA EN COLABORACIÓN es quien recibe la remuneración por las ventas de esa OBRA, pues pasa a su cartera de obras.
Será dicho AUTOR quien luego deberá repartir la remuneración de las ventas de la OBRA EN COLABORACIÓN entre los distintos AUTORES de la manera que en acuerdo privado hayan convenido, siempre en forma y con medios ajenos a LA TIENDA.
1.2.2 LA TIENDA confía en la buena fe y buen hacer del AUTOR que gestiona una OBRA EN COLABORACIÓN, para repartir la remuneración de las ventas de la OBRA EN COLABORACIÓN entre los distintos AUTORES de la manera en que privada y exteriormente a LA TIENDA hayan acordado.
1.2.3 LA TIENDA solicitará a todos los AUTORES participantes en LA OBRA EN COLABORACIÓN una autorización para que EL AUTOR que abre ficha gestione LA OBRA en su nombre.
Todos los AUTORES que aparecen en la ficha técnica de una OBRA EN COLABORACIÓN han de estar dados de alta como AUTOR en LA TIENDA, y por tanto, han comprendido y aceptan el funcionamiento de LA TIENDA.
1.2.4 LA TIENDA no participa ni se responsabiliza de ninguna de las operaciones ni acuerdos privados realizados entre AUTORES de forma y con medios ajenos a la tienda.
1.3 OBRA EN VIVO.
Entendiendo ‘OBRA EN VIVO’ a una obra que es distribuida por LA TIENDA mientras EL AUTOR (o los autores) la está realizando. Los lectores pueden comprar LA OBRA antes de estar terminada, e ir haciendo un seguimiento de cómo EL AUTOR va subiendo páginas y avanzando en la misma.
EL AUTOR, una vez anunciada y puesta a la venta la OBRA EN VIVO en LA TIENDA, actualizará los avances de la misma de una manera constante y periódica, hasta su finalización en un plazo no superior a un año desde la puesta a la venta de la misma.
El resto de las condiciones del presente acuerdo para una OBRA EN VIVO dentro de LA TIENDA son las mismas que para una OBRA terminada.

SEGUNDA.
       DERECHO MORAL.
LA TIENDA se compromete a respetar los derechos morales del autor de LA OBRA y a poner en conocimiento de éste cualquier infracción de los mismos que pudiera ser realizada por terceros, según lo dispuesto en el Art. 14 TRLPI.
En particular, LA TIENDA se compromete a que el nombre del AUTOR figure en LA OBRA de forma habitual, en su puesta a disposición al público. LA TIENDA asumirá frente al AUTOR la responsabilidad por la violaciones del derecho moral de éste sobre LA OBRA o realizadas por terceros a su cargo.

TERCERA.       ÁMBITO TERRITORIAL.
Dada la naturaleza ‘en línea’ de LA TIENDA, EL AUTOR cede los derechos de reproducción, distribución, comunicación pública y transformación que en el presente acuerdo se determinan para que la TIENDA los explote sin restricción en todos los países del mundo.

CUARTA.          NÚMERO DE EJEMPLARES.
Por su naturaleza digital, EL AUTOR autoriza a LA TIENDA a vender su obra sin limitaciones sobre el número de ejemplares vendidos.
LA TIENDA podrá disponer para entregar a la crítica o para la promoción de LA OBRA de un número de ejemplares digitales gratuitos, que no superarán el número de cien ejemplares por idioma y obra, salvo autorización por escrito de EL AUTOR.
LA TIENDA proveerá AL AUTOR de la información del número de ejemplares vendidos de manera tan inmediata como lo permita la tecnología, que no podrá ser inferior a dos veces al año cada seis meses, desde su puesta a disposición en LA TIENDA.

QUINTA.           PLAZO PARA LA PUESTA A LA VENTA DE LA OBRA.
El AUTOR se compromete a hacer entrega a LA TIENDA del soporte material de LA OBRA en el plazo máximo de un mes desde la firma del presente acuerdo.
En cuanto EL AUTOR sube LA OBRA a LA TIENDA, ésta sale a la venta de manera tan inmediata como lo permita la tecnología, este plazo será como máximo de UN MES a contar desde la puesta a disposición del AUTOR a la TIENDA.
En caso de no verificarse la entrega de LA OBRA por el AUTOR en dicho plazo, el presente acuerdo quedará automáticamente resuelto, debiendo devolver el AUTOR cualquier emolumento que haya percibido por cualquier concepto.

SEXTA.            DURACIÓN DEL PRESENTE ACUERDO.
El presente acuerdo tiene una duración determinada por el tiempo que LA OBRA esté disponible para su venta en LA TIENDA, que dada su naturaleza digital puede ser de forma indefinida.
EL AUTOR puede solicitar la retirada de la venta de LA OBRA si lleva a la venta en LA TIENDA más de 24 meses y ha vendido en la misma menos de 1.000 unidades.
Según lo dispuesto en el Art. 14 TRLPI, EL AUTOR también puede solicitar la retirada de la venta de LA OBRA en LA TIENDA por cambio de sus convicciones intelectuales o morales, previa indemnización de daños y perjuicios a LA TIENDA.
En cualquier caso, LA(S) OBRA(S) retiradas de la venta por EL AUTOR, seguirán estando disponibles para su lectura por los usuarios de LA TIENDA que compraron LA OBRA con anterioridad.

6.1. Motivos de resolución del acuerdo:
El presente acuerdo se considerará extinguido de forma automática tras un periodo de UN año sin LA(S) OBRA(S) objeto del mismo a la venta en LA TIENDA.
En cuanto a otras causas de resolución y extinción de este acuerdo, ambas partes se someten expresamente a lo previsto en los artículos 68, 69 y 70 del Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, regularizando, aclarando y armonizando las disposiciones legales vigentes sobre la materia.

SÉPTIMA.        IDIOMA EN QUE HA DE VENDERSE LA OBRA.
7.1. LA TIENDA pondrá a la venta LA OBRA en el idioma ó idiomas en que el autor la haya realizado.
7.2. Conforme a lo dispuesto en el Art. 11, a) sobre traducciones y adaptaciones, siempre con el acuerdo previo del AUTOR respecto al resultado final de traducción y maquetación el presente acuerdo, el AUTOR garantiza a LA TIENDA la opción de publicar LA OBRA en otros idiomas distintos al enviado o enviados originalmente por EL AUTOR.
La(s) obra(s) traducida(s) pasarán a formar parte de la cartera de obras de EL AUTOR, y para su comercialización fuera de la TIENDA, EL AUTOR deberá contar con el consentimiento por escrito de el TRADUCTOR-MAQUETADOR.
En el caso de que EL AUTOR no realice la traducción y maquetación de su obra en estos otros idiomas, en concepto de cesión de derechos de explotación EL AUTOR recibirá la cantidad del 30% del precio de venta de LA OBRA antes del IVA para estos otros idiomas.

OCTAVA.          PRECIO DE VENTA DE LA OBRA EN LA TIENDA.
El precio de venta de LA OBRA en LA TIENDA será propuesto por EL AUTOR y supervisado por LA TIENDA. LA TIENDA podrá modificar el precio de venta de LA OBRA de forma puntual por motivos promocionales, o de forma definitiva, buscando el mayor beneficio para ambas partes, y teniendo en cuenta que la política de precios de LA TIENDA es la de precios bajos.

NOVENA.         GESTIÓN DE LA OBRA.
Una vez formalizado el acuerdo, es EL AUTOR a través de su usuario y contraseña quien sube LA OBRA a LA TIENDA para que el Administrador de LA TIENDA la ponga definitivamente a la venta.
EL AUTOR autoriza a LA TIENDA a diferenciar y limitar el acceso a LA OBRA según filtros por edad, contenido explícito o inadecuado para menores, etc.

DÉCIMA.          OBLIGACIONES DEL AUTOR.
EL AUTOR responde ante LA TIENDA de la autoría, legalidad y originalidad de LA OBRA y del ejercicio pacífico de los derechos que cede mediante el presente acuerdo, manifestando que sobre los mismos no tiene contraído ni contraerá compromiso o gravamen alguno que atente contra los derechos que a LA TIENDA correspondan, de acuerdo con lo estipulado en el presente acuerdo.
EL AUTOR se compromete a rellenar correctamente los datos requeridos en la ficha de cada obra, en especial los referentes al tipo de público al que va destinado LA OBRA , y si en la misma hay contenido explícito o inadecuado para menores.
OBRA EN VIVO: EL AUTOR se compromete a actualizar los avances de la misma de una manera constante y periódica hasta su finalización en un plazo inferior a un año, una vez puesta a la venta en LA TIENDA y realizada al menos una venta de la misma.
EL AUTOR acepta expresamente que los USUARIOS de LA TIENDA introduzcan en la sección de Valoraciones, comentarios positivos o negativos, relativos a LA OBRA y a EL AUTOR, y que sean clasificados de conformidad con los mismos, sin que LA TIENDA asuma responsabilidad alguna por esa razón.
EL AUTOR garantiza a los ‘usuarios promotores’ de LA TIENDA la opción de utilizar parte o partes de LA OBRA con fines publicitarios o promocionales de la misma y de LA TIENDA dentro de los términos del ‘Acuerdo de Promotor’, a disposición de EL AUTOR.

UNDÉCIMA.     OBLIGACIONES DE LA TIENDA.
LA TIENDA se compromete reproducir LA OBRA en la forma convenida, sin introducir ninguna modificación que EL AUTOR no haya consentido y haciendo constar en los ejemplares el nombre, firma o signo que lo identifique, si EL AUTOR así lo dispone.
Proceder a la distribución de LA OBRA  en el plazo y condiciones estipulados.
Asegurar a LA OBRA una explotación continua y una difusión comercial conforme a los usos habituales en el sector profesional de la venta digital.
Satisfacer al AUTOR la remuneración estipulada.
Poner anualmente a disposición de EL AUTOR un certificado en el que se determinen los datos relativos a la venta de ejemplares de LA OBRA. A estos efectos, si EL AUTOR lo solicita por escrito, LA TIENDA le presentará los correspondientes justificantes.
LA TIENDA se compromete a proceder a la explotación y distribución comercial permanente de LA OBRA, pero se reserva el derecho a no comercializar o retirar de la venta temporal o definitivamente cualquier obra que no considere adecuada para LA TIENDA, por resultar ilegal, ofensiva, o cualquier otro motivo que LA TIENDA o la autoridad competente considere oportuno. Por lo tanto, en el caso de que no se realizase la publicación de LA OBRA, este acuerdo devendría nulo.

DUOCÉCIMA.   REMUNERACIÓN DEL AUTOR.
En concepto de derechos de reproducción, distribución, comunicación pública y transformación EL AUTOR recibirá la cantidad del 40% del precio de venta antes del IVA de LA OBRA.
En el caso de que LA OBRA sea traducida a otro u otros idiomas y EL AUTOR no realice esas traducciones, en concepto de derechos de reproducción, distribución, comunicación pública y transformación EL AUTOR recibirá la cantidad del 30% del precio efectivo de venta antes del IVA de LA OBRA en esos otros idiomas.
El pago se efectuará de manera periódica conforme se realicen las ventas. Las partes acuerdan que en el caso contrario se realizará anualmente una liquidación única a fecha 31 de diciembre del año en curso.
Si el importe a liquidar es inferior a cincuenta euros (50€), LA TIENDA podrá esperar a que se alcance esa cifra para realizar el pago.
Si EL AUTOR también quiere ser USUARIO PROMOTOR de LA OBRA, además recibirá la remuneración correspondiente como PROMOTOR según las condiciones del acuerdo de PROMOTOR, a disposición de EL AUTOR.

DECIMOTERCERA.      OTROS DOCUMENTOS A APORTAR PARA FORMALIZAR EL ACUERDO.
13.1. Dada la naturaleza no presencial en la formalización de este acuerdo, y entendiendo imprescindibles para comprobar la identidad real de EL AUTOR, LA TIENDA solicita los siguientes documentos:
DOCUMENTO 1: Imagen escaneada por ambas caras del Documento Nacional de Identidad de EL AUTOR (Sólo válido para países de la Unión Europea y siempre que en el documento aparezca la foto del titular del mismo), o en su defecto, imagen escaneada del Pasaporte de EL AUTOR donde aparecen su foto y datos personales.
DOCUMENTO 2: Fotografía autorretrato (tipo selfie) de EL AUTOR con el Documento aportado en la mano, donde se pueda comprobar que la identidad de la persona fotografiada corresponde con la fotografía del Documento aportado.
LA TIENDA se reserva el derecho de bloquear la ficha y la venta LA OBRA de EL AUTOR mientras comprueba la veracidad de los documentos aportados.

13.2. CLAUSULA DE CONFORMIDAD CON LA LOPD en su art. 5.
Los datos proporcionados se conservarán mientras se mantenga la relación del acuerdo  o durante los años necesarios para cumplir con las obligaciones legales. Los datos no se cederán a terceros salvo en los casos en que exista una obligación legal. El AUTOR tiene derecho a obtener confirmación sobre si LA TIENDA está tratando sus datos personales. Por tanto tiene derecho a acceder a sus datos personales, rectificar los datos inexactos o solicitar su supresión cuando los datos ya no sean necesarios.


DECIMOCUARTA.        MENORES DE EDAD.

Conforme con los Artículos 6 y 7 del Estatuto de los Trabajadores, los menores de 16 años no pueden ser AUTOR en LA TIENDA.
Conforme con los Artículos 6 y 7 del Estatuto de los Trabajadores y al art. 44 TRLPI, los menores de dieciocho y mayores de dieciséis años pueden ser AUTOR siempre que aporten la autorización de la persona o institución que los tenga a su cargo, además de los OTROS DOCUMENTOS A  APORTAR PARA FORMALIZAR EL ACUERDO, tanto del menor como de de la persona o institución que aporten la autorización.

DECIMOQUINTA.         OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y FUERO.
15.1. EL AUTOR faculta a LA TIENDA para la detracción, declaración e ingreso en el Tesoro Público de aquellas cantidades que, por cualquier concepto impositivo hubiera de satisfacer EL AUTOR, en todos aquellos impuestos o gravámenes, en que LA TIENDA tenga, por disposición legal, la sustitución del AUTOR-contribuyente.
15.2. En caso de divergencias con la interpretación del texto de este acuerdo, el texto a utilizar como referencia ha de ser el texto del acuerdo en castellano.
15.3. Para resolver cuantas divergencias pudieran surgir como consecuencia de la interpretación del presente acuerdo ambas partes se someten a la jurisdicción y competencia de los Tribunales de la ciudad de Barcelona con expresa renuncia a cualquier otro fuero.

Así queda convenido y para que conste, EL AUTOR extiende y acepta el presente documento.

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